La responsabilidad parental en un contexto transfronterizo

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Modelos de mediación en los casos de sustracción transfronteriza de menores

 

La mediación suele tener lugar en el mismo país que el proceso judicial y se programa varios días antes de la audiencia. Como los casos de sustracción transfronteriza de menores siempre resultan muy conflictivos y tienen lugar bajo presión y en un marco judicial y temporal muy ajustado, habitualmente se admite que la comediación resulta esencial. La Guía de Buenas Prácticas en Mediación establece, en su apartado 6.2.3(inglés):

“El uso de la co-mediación bicultural bilingüe debe promoverse siempre que sea apropiada y factible en los casos de sustracción internacional de niños”.

Con arreglo a la experiencia obtenida en asuntos familiares transfronterizos en proyectos de mediación germano-franceses y germano-estadounidenses, la Declaración de Wroclaw sobre mediación en litigios binacionales en materia de responsabilidad parental(inglés) de 2007 recomienda el siguiente modelo de comediación:

  • binacional: un mediador del país de origen de cada progenitor.
  • bilingüe: ambos mediadores deben hablar los dos idiomas.
  • igualdad de género: un hombre y una mujer.
  • biprofesional: un mediador con formación psicosocial o educativa y el otro con formación profesional jurídica.

Este modelo resulta beneficioso para las partes, ya que ambos antecedentes culturales quedan reflejados en el proceso de mediación y se entenderán sus idiomas, actitudes, valores y prioridades. También resulta beneficioso para los mediadores, ya que pueden estar seguros de comprender la situación emocional y jurídica, muy compleja e intensa, y pueden abordarla de la forma más constructiva posible brindándose apoyo mutuo, al mismo tiempo que dan forma a una cooperación transfronteriza. Su imparcialidad no se ve afectada.